Qué decide si estás obligado a auditar
La regla es parecida en toda Europa: se mira el tamaño de la empresa con tres cifras, el total de activo, la cifra de negocio y la plantilla media. Si superas dos de los tres durante dos ejercicios seguidos, la auditoría pasa a ser obligatoria.
La lógica es que las empresas pequeñas no necesitan auditor externo, pero las que ya tienen cierto tamaño sí, para proteger a socios, acreedores y a la propia Hacienda. Por eso los umbrales se revisan y varían según el país.
España: los umbrales clásicos
En España, una sociedad limitada está obligada a auditar si durante dos ejercicios consecutivos supera dos de estos tres límites: activo total superior a 2,85 millones de euros, cifra de negocio por encima de 5,7 millones, o más de 50 empleados de media.
Estos umbrales llevan tiempo estables, pero conviene verificarlos cada año porque la ley de sociedades los actualiza de vez en cuando. También auditan siempre las sociedades cotizadas y las que la propia normativa sectorial obliga.
Portugal: certificación legal de cuentas
En Portugal el equivalente se llama certificação legal de contas y la firma un revisor oficial de contas (ROC). Aplica a todas las sociedades anónimas (SA) y a las sociedades por cuotas (LDA) que superen dos de estos tres umbrales: balance total por encima de 1,5 millones de euros, volumen de negocio superior a 3 millones, o plantilla media de más de 50 empleados.
Si tu LDA se queda por debajo, no necesitas auditor. Pero si crece y cruza los umbrales dos años seguidos, la obligación aparece sola y toca presupuestar el coste del revisor.
Alemania, Francia e Italia: mismo patrón, cifras distintas
Alemania distingue entre empresas pequeñas, medianas y grandes. Las pequeñas (en la práctica, la mayoría de GmbH jóvenes) quedan exentas de auditoría mientras no superen dos de tres umbrales de balance, facturación y plantilla que se actualizan con cierta frecuencia. Las medianas y grandes sí auditan.
Francia exige comisario de cuentas (commissaire aux comptes) a partir de umbrales similares de balance, facturación y plantilla, y siempre en sociedades que cotizan o consolidan. Italia obliga a las SRL a nombrar órgano de control o auditor cuando superan los límites de tamaño fijados en el código civil.
En los tres casos la mecánica es la misma que en España: dos de tres umbrales superados durante dos ejercicios, y la auditoría deja de ser opcional.
Qué hacer si cruzas los umbrales
Si tu sociedad va a superar los límites, lo primero es anticiparlo. El auditor se nombra antes del cierre del ejercicio y necesita acceso a la contabilidad del año que va a revisar, así que no conviene dejarlo para el último trimestre.
También conviene revisar si el cambio de país cambia la obligación: una misma facturación puede estar exenta en Portugal y obligada en España, o al revés. Es una de esas diferencias que se descubren tarde si nadie te avisa.
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