Quién necesita permiso de trabajo en España
Los ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza pueden trabajar en España sin autorización previa. Es la libre circulación de personas: se tramita solo el registro de ciudadano de la UE en la oficina de extranjería si la estancia supera los tres meses.
El resto de nacionalidades necesitan una autorización de residencia y trabajo, que concede la administración española y que normalmente solicita la propia empresa. Trabajar sin ella es una infracción grave del régimen de extranjería, con multas y posible expulsión, y la empresa que contrata sin comprobar la autorización se expone a sanciones similares.
Tipos de autorización de trabajo
La autorización se concede por cuenta ajena o por cuenta propia. La primera va ligada a un contrato de trabajo con una empresa española; la segunda permite ejercer una actividad profesional o de negocio como autónomo.
Desde 2025 se aplica el Reglamento de Extranjería reformado (RD 1155/2024), que unifica el anterior modelo de autorización inicial con el de búsqueda activa de empleo: la autorización inicial ya permite trabajar y buscar empleo, y si el contrato cae, se mantiene mientras se busca otro.
Existen también vías específicas para perfiles cualificados: la tarjeta azul de la UE, para titulados superiores con oferta salarial suficiente, y el visado de teletrabajador de carácter internacional (nómada digital), que permite residir en España trabajando para una empresa extranjera. Ambas se tramitan como visado en origen y se convierten en autorización al llegar.
Requisitos generales y salario
Los requisitos de base son: no estar irregularmente en territorio español, carecer de antecedentes penales en España y en los países de residencia anteriores, no figurar como rechazado en el sistema de retorno, y contar con un contrato o proyecto que garantice medios suficientes.
El salario ofrecido debe ser suficiente para mantener al trabajador. Como referencia, el SMI 2026 en España es de 1.221€ al mes en 14 pagas, 17.094€ al año, según el Real Decreto 126/2026. Un contrato por debajo de esa referencia no se aprueba.
Plazos y renovación
Las solicitudes de autorización inicial se resuelven en un plazo máximo de tres meses; pasados sin respuesta, se entienden estimadas por silencio administrativo positivo. Durante el proceso el trabajador debe estar en su país de origen si el visado se tramita en consulado, salvo excepciones (arraigo, familiares de residentes).
La autorización inicial se concede por un año. Las renovaciones, que ya no dependen de un único empleador, son de cuatro años siempre que se cumplan los requisitos de cotización y trabajo continuado. Después de la primera renovación, el permiso se consolida y la residencia permanente llega a los cinco años.
Contratar a un extranjero desde tu empresa
Si tu SL española quiere contratar a un no comunitario, el procedimiento habitual es presentar la solicitud de autorización con el contrato firmado y acreditar que la empresa está al corriente de sus obligaciones fiscales y de Seguridad Social.
Para perfiles muy cualificados, la tarjeta azul es la vía más ágil, con requisitos de titulación y salario pero sin el requisito de situación nacional de empleo. Para actividades autónomas, el plan de negocio tiene que demostrar viabilidad e inversión suficiente.
Si el trabajador ya reside en España de forma regular (por ejemplo con un visado de estudios), puede modificar su situación y solicitar la autorización de trabajo sin salir del país. Es la vía más cómoda y la que más se usa para incorporar talento formado aquí.


