Qué es la retribución en especie y cómo tributa
Se considera rendimiento del trabajo en especie el uso, consumo u obtención de bienes o servicios de forma gratuita o por precio inferior al de mercado, cuando vienen del empresario. El valor de esos bienes se suma al salario: tributa en el IRPF como rendimiento del trabajo y también aumenta la base de cotización a la Seguridad Social.
La regla general es que todo lo que no sea dinero contante tributa, salvo que exista un límite exento que lo excluya. Cada partida tiene el suyo, y el exceso sobre ese límite se declara como salario normal.
Tickets restaurante: hasta 11 euros por día
La entrega de tickets o tarjetas de restaurante está exenta hasta 11 euros por día laborable. El requisito es que sean para consumir en establecimientos de hostelería, que no se acumulen y que no se puedan canjear por dinero.
Lo que supere los 11 euros diarios tributa como retribución en especie. Si la empresa entrega 15 euros al día, 11 quedan exentos y 4 se suman al salario.
Seguro médico y formación
Las primas de seguro de salud pagadas por la empresa están exentas hasta 500 euros al año por trabajador, y hasta 1.500 si hay discapacidad. El exceso tributa. El seguro puede cubrir también al cónyuge y a los descendientes.
La formación está exenta cuando es necesaria para el desempeño del puesto o se realiza por cuenta de la empresa. Si el curso no tiene relación con el trabajo, su valor tributa como especie.
Coche de empresa: el 20% anual
El coche que la empresa pone a disposición del trabajador se valora en el 20% anual de su precio de adquisición, sin IVA ni impuestos de matriculación. Ese 20% es la retribución que tributa y cotiza.
Si el coche se usa solo para el trabajo, la valoración se reduce a la mitad, el 10%. Por la retención de ese valor la empresa practica un ingreso a cuenta; si el trabajador asume esa cantidad con dinero de su nómina, ese importe no vuelve a tributar y se evita el doble gravamen.
Entrega de acciones y retribución flexible
Las acciones de la propia empresa entregadas al trabajador están exentas hasta 12.000 euros al año, con un máximo de tres ejercicios y requisitos de permanencia: no se pueden vender durante un plazo. El exceso tributa.
La retribución flexible no es especie: el trabajador renuncia a parte de su salario en metálico y la empresa destina ese importe a gastos exentos, como tickets, seguro o guardería. No puede dejar el salario por debajo del mínimo, y los límites exentos españoles no se trasladan a otros países.
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