Quién necesita el visado de estudiante
Los ciudadanos de la UE, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza estudian en España sin visado. Para el resto de nacionalidades, si el curso dura más de 90 días necesitas la estancia por estudios, que se solicita como visado en el consulado español de tu país.
Para estancias más cortas, como cursos de verano o programas de pocas semanas, no hace falta la estancia por estudios: se cubre con la exención de visado de corta duración si tu nacionalidad la tiene, o con un visado Schengen normal.
Requisitos para obtener la estancia por estudios
El requisito central es la admisión en un centro de enseñanza español reconocido, público o privado, para un programa con horario y calendario definidos: universidad, FP, idiomas, doctorado o formación especializada.
Además hay que acreditar medios económicos, en una cantidad en torno al IPREM mensual (600€) para tu estancia y la de tus acompañantes, seguro médico con cobertura en España, alojamiento y no tener antecedentes penales. El visado se resuelve en el consulado y el plazo se cuenta en semanas.
Trabajar y hacer prácticas mientras estudias
La estancia por estudios autoriza a trabajar con una autorización de trabajo compatible, que permite hasta 30 horas semanales siempre que la actividad no perjudique los estudios. Desde la reforma del Reglamento de Extranjería (RD 1155/2024, en vigor desde 2025) el límite se amplió y el proceso es más ágil.
Las prácticas curriculares, ligadas al plan de estudios, no necesitan autorización separada. Las extracurriculares, como un contrato de prácticas en una empresa durante el curso, sí requieren la autorización de trabajo compatible.
De estudiante a empleado: la modificación de estatus
Al terminar los estudios, la vía natural es modificar la estancia por estudios a una autorización de residencia y trabajo, sin salir de España. La empresa presenta la oferta de empleo y la solicitud, y el trabajador cambia su estatus sin volver a su país.
El contrato debe pagar lo suficiente para mantener al trabajador: la referencia práctica es el SMI 2026, en 1.221€ al mes en 14 pagas. Es la fórmula que más se usa para incorporar talento ya formado y asentado en España.
Qué puede hacer tu empresa con esto
Si tu SL tiene dificultades para encontrar perfiles técnicos o con idiomas, el talento internacional que ya estudia en España es un pool enorme: personas con visado en regla, formación local y sin necesidad de relocalización.
La fórmula habitual es ofrecer prácticas extracurriculares durante el último curso y, al graduarse, convertir al estudiante en empleado mediante la modificación de estatus. El proceso completo lo gestiona una asesoría especializada, y el abogado solo se hace necesario si hay denegaciones o casos atípicos.


